Documentos en las primeras 24 horas
El certificado médico de defunción es el primer documento que se necesita. Lo emite el médico que certifica el fallecimiento. Sin este documento no puede iniciarse ningún otro trámite.
Con el certificado médico, la funeraria solicita la inscripción en el Registro Civil y obtiene la licencia de enterramiento o cremación. Estos trámites los gestiona la propia funeraria.
Trámites en los primeros 30 días
En los días posteriores al funeral hay que notificar el fallecimiento a la Seguridad Social para dar de baja al difunto y, en su caso, iniciar el trámite de pensión de viudedad u orfandad.
Si el fallecido tenía contratos de servicios (teléfono, electricidad, banco...), hay que comunicar el fallecimiento y cancelar o modificar cada contrato.
Gestión de la herencia
La declaración de herederos y la aceptación de herencia deben realizarse en los seis meses siguientes al fallecimiento para evitar recargos fiscales. Se recomienda asesorarse con un notario o abogado.
En Funeraria Málaga le orientamos en los primeros pasos y le recomendamos profesionales especializados en herencias si los necesita.
¿Necesita ayuda ahora mismo?
Estamos disponibles 24 horas. Llame sin dudar al 681 86 44 48 o visítenos en Av. del Dr. Manuel Domínguez, 22, Teatinos-Universidad, 29010 Málaga.
Llamar ahora